En el nuevo DNU del Presidente Milei aparecen cambios en la documentación obligatoria para circular con el auto.
La nueva legislación modifica los documentos que tienen que tener sí o sí las personas para conducir en territorio nacional. La cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otras exigencias
DNU: los tres documentos obligatorios para manejar
El Decreto de Necesidad y Urgencia, establece que La cédula del vehículo (que ahora puede ser digital), la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos que las autoridades provinciales y municipales pueden exigirle a los conductores.
Si bien, es obligatorio presentar los documentos previamente mencionados a la autoridad, no podrán ser retenidos a menos que sea mediante orden de autoridad judicial o denuncia de hurto o robo.